Modelo Gestión – EPSDC Transporte a Gas Comuna Espada de Bolívar

13/09/2011 Normas de Uso de las Unidades respetando Convenio Marco entre Ministerio de las Comunas y Protección Social y PDVSA Petróleo S.A.

Promoviendo el Comité de Usuarios de Transporte Público Altagracia por @cutrapal (twitter) porque todos somos Poder Popular!!!!

Actualmente los Buses se encuentran bajo la responsabilidad del Consejo Comunal Mata seca, se está en la espera que la instancia respectiva de figura jurídica a la EPSDC Transporte a Gas para que participen todos los Consejos Comunales que integran la Comuna Espada de Bolívar y hacer la transferencia efectiva.

Se está promoviendo la Red de Aliados para el Transporte Público Altagracia (RATPAL)para que sea un servicio de calidad mundial. Elementos para innovación: Implementan RFID para mejorar el sistema de transporte público,

ACTA CONSTITUTIVA EMPRESA PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL TRANSPORTE A GAS COMUNA ESPADA DE BOLIVAR (Propuesta al 20/8/2011 – Borrador para revisión)

En el día de hoy, 10 de Agosto de 2011, se convocaron en la ciudad de los Puertos de Altagracia los brigadistas elegidos por los Consejos Comunales del Poder Popular que compone la Comuna en Construcción Espada de Bolívar: Atencio Griselda C.I. 9.725.624 (Postulado por el Consejo Comunal Jaguecito para el Pueblo); Delgado Yessenia C.I. 14.581.371 (Postulada por el Consejo Comunal Punta de Piedra); Gonzales Adolfredo C.I. 18.682.356 (Postulado Consejo Comunal Buena Vista I); Jimenez Nerio C.I. 14.083.428 (Postulado Consejo Comunal Simón Bolívar); Jordan Evelin C.I. 15.973.274 (Postulada por el Consejo Comunal Alto Viento II); Leañez Ramón C.I. 13.209.057 (Postulado por el Consejo Comunal Pueblo Nuevo Mateguey); Medina Katerin C.I. 17.915.111 (Postulado por el Consejo Comunal Háticos del Norte); Morales Liliana C.I. 22.482.611 (Postulado por el Consejo Comunal Mata Seca); Morales Silena C.I. 9.725.624 (Postulado por el Consejo Comunal Nuevo Caimito); Morantes William (Postulado por el Consejo Comunal Pueblo Nuevo 1 y 2); Nava Miguel C.I. 11.888.284 (Postulado Consejo Comunal Jaracaciar); Rivera Oscar C.I. 4.787.859 (Postulado por el Consejo Comunal Rafael María Baralt); y Zambrano Yaraldin C.I. 19.484.576 (Postulado por el Consejo Comunal Pueblito Nuevo – Santa Ana), con el objeto de constituir una Empresa de Propiedad Social Directa, como en efecto la constituyen en virtud de este documento y, la cual se regirá por las disposiciones contenidas en los Artículos que en se¬guida se determinan, redactados con suficiente amplitud para que sir¬van a la vez de Normativa Interna. DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION. ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denominará EPSDC Transporte a Gas Comuna Espada de Bolívar su domicilio es la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda Estado Zulia. ARTICULO SEGUNDO: La EPSDC tiene como objeto brindar desarrollo social y económico a la colectividad correspondiente de la Comuna Espada de Bolívar de la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda Estado Zulia, brindando servicio público de transporte, el compromiso de la reinversión social de sus excedentes, y en general podrá dedicarse a toda actividad o negocio lícito, ya que la enumeración descrita o no limitativa de su objeto social. ARTICU¬LO TERCERO: La empresa comienza su giro o ejercicio a cumplirse con las formalidades legales de su inscripción en la Taquilla Única según lo establecido en la normativa FONDEMI (Fondo de Desarrollo Microfinanciero). PARTICIPACION PATRIMONIAL POR CONSEJO COMUNAL. ARTICULO CUARTO: El patrimonio de la empresa es de Un millón tres cientos un mil setecientos noventa y ocho con 58/100 bolí¬vares (Bs. 1.301.798,58) representado por 61 cuotas sociales de Veinte y un mil tres cientos cuarenta bolí¬vares (Bs. 21.340,96) cada una representa a los Consejos Comunales de la Comuna Espada de Bolívar. Este Patrimonio ha sido aportado mediante tres (tres) unidades de transporte colectivo por FODEMI – Ministerio de las Comunas y Protección Social del Gobierno Bolivariano de Venezuela. ARTICULO QUINTO: Cada cuota de participación con¬cede a su propietario iguales derechos y obligaciones y da derecho a un voto en las deliberaciones de las Asambleas. DE LAS ASAMBLEAS. ARTICULO SEXTO: La máxima autoridad y dirección de la EPSDC está en manos de las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanos de los Consejos Comunales, las instancias respectivas de la Comuna en Construcción Espada de Bolívar y Sala de Batalla Socialista respectiva, la misma sesionará en forma ordinaria o extraordinaria. Sus decisiones acordadas res¬petando los límites y facultades legales y estatutarias, son obligatorias para todos los Brigadistas, inclusive para los que no hubieren asistido a ella, quedando a éstos los derechos y recursos legales pertinentes. ARTICU¬LO SEPTIMO: La Asamblea Ordinaria se reunirá cada seis meses luego del registro de la presente acta y la Asamblea Extraordinaria se reunirá cuando los intereses de la empresa así lo requieran, pudiendo ser convocada por cualquiera de: las Unidades de Contraloría Social de los Consejos Comunales, las Unidades que integran la EPSDC, instancias respectivas de la Comuna ó Sala de Batalla Socialista. ARTICULO OCTAVO: La Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, se considerarán válidamente constituidas para deliberar, cuando estén presentes la mitad mas uno de los Brigadistas de la empresa y por lo menos el 50% de los Consejos Comunales que integran la Comuna. Cuando a pesar de la convocatoria no concurra a la Asamblea un quorum que represente por lo menos la proporción antes señalada, se proce¬derá a una segunda convocatoria la cual se considerará válida con los asistentes a la misma. ARTICULO NOVENO: Son atribuciones de la Asam¬blea Ordinaria: a) Elegir y refrendar a los brigadistas que conforman la empresa, b) Discutir y aprobar o modificar el Balance General de la compañía y el estado de Ganancias y Pérdidas con base en el Informe presentado por la Unidad de Administración. c) Hacer seguimiento del Fondo Comunitario para la Reinversión Social. d) Cualesquiera otras atribuciones que la Ley le fije. UNIDAD DE ADMINISTRACION ARTICULO DECIMO: Para la unidad fueron asignados: Adolfredo Gonzáles (Conductor) mediante acta de Conductores, William Morantes, Evelyn Jordan y Yessenia Delgado por postulación de los Consejos Comunales. ARTICULO DECI¬MO PRIMERO: Funciones de la Unidad de Administración basadas en el Artículo 27 de la ley Orgánica del Sistema Económico Comunal. Son funciones de la Unidad de Administración las siguientes: A) Ejercer la representación legal de la organización socioproductiva. B) Ejercer la gestión en el ámbito de su competencia de las operaciones para el óptimo funcionamiento de la organización socioproductiva. C) Administrar los recursos producto de los excedentes que serán destinados al Fondo de Mantenimiento Productivo. D)Presentar semestralmente a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la comunidad o al Parlamento Comunal, según corresponda, informe sobre las actividades desarrolladas y estado de cumplimiento de las metas de la organización socioproductiva; y cada seis meses, balance general, estado de ganancias y pérdidas, el flujo de caja y el plan de actividades, para su aprobación. E) Llevar los Libros obligatorios que establece la Ley, así como cualquier otro que estime necesario o conveniente la organización socioproductiva. F) Administrar los recursos, productos, bienes y servicios que le pertenezcan a la organización socioproductiva. G) Aprobar, suscribir contratos y convenios de diferente índole, que sean necesarios para la consecución de los fines de la organización socioproductiva, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y su reglamento, así como en los estatutos de la organización socioproductiva, previa autorización de la instancia de agregación comunal o el órgano o ente del Poder Publico al que corresponda. H) Supervisar la gestión de los integrantes de la organización socioproductiva. I) Convocar y presidir las asambleas ordinarias y extraordinarias de la organización socioproductiva. J) Designar y revocar apoderados judiciales y extrajudiciales. K) Dar apertura y clausurar cuentas bancarias. L) Comprar, vender, gravar y enajenar los bienes muebles e inmuebles de la organización socioproductiva, previo informe favorable de la Unidad de Contraloría Social y aprobación de la instancia de agregación comunal o el órgano o ente del Poder Publico al que corresponda. M) Velar porque las actividades de la organización socioproductiva se desarrollen con estricto cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, su Reglamento, los estatutos de la organización socioproductiva, el respectivo Plan de Gestión, en correspondencia con el Plan de Desarrollo Comunal. O) Las demás que se establezcan en el Reglamento de esta Ley. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Tareas de la Unidad de Administración: a. Recabar, diariamente, el ingreso obtenido por los conductores en la prestación del servicio. b. Registrar los ingresos y egresos, en los libros contables correspondientes (diario y mayor). c. Realizará semanalmente, preferiblemente los días viernes, el deposito correspondiente al dinero recabado, con la cuota correspondiente a cada fondo. d. Elaborar un informe semanal donde señale el estado de las unidades de transporte, que incluya kilometraje, estado físico interno y externo. e. Presentará un balance mensual (rendición de cuentas) de los fondos manejados relacionadas con la EPSDC., destacando los ingresos obtenidos, gastos y saldos actuales. UNIDAD DE SERVICIO O PRODUCTIVA. ARTICULO DECIMO TERCERO: Para la unidad fueron asignados por los Consejos Comunales de la Comuna: Nerio Jimenez, Miguel Nava, Adolfredo Gonzalez y Samuel Castillo. ARTICULO DECIMO CUARTO: Funciones de la Unidad de Servicio ó Productiva basada en el artículo 28 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal: A) Garantizar la planificación productiva de la organización, de acuerdo al respectivo Plan de Gestión. B) Ejecutar el desarrollo del ciclo productivo bajo principios socialistas de equilibrio ecológico. C) Asegurar que el manejo de la organización y sus beneficios estén en función de la satisfacción de las necesidades colectivas. D) Ajustar el precio final para los consumidores o usuarios de los bienes o servicios provenientes de las actividades desarrolladas por la organización, en correspondencia con lo establecido por el órgano o ente público competente en materia de comercio solidario. E) Promover formas de organización del trabajo que desarrollen una nueva cultura laboral, maximizando las posibilidades para lograr la transición hacia el Modelo Productivo Socialista. F) Las demás que se establezcan en el Reglamento de esta Ley. ARTICULO DECIMO QUINTO: Tareas de la Unidad de Servicio o Productiva Por lo cual deben ejecutar las siguientes tareas: a) Cumplir el horario laboral para el cual se establece el siguiente: Lunes a viernes de 05:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. Sábados, Domingos y Feriados de 06:00 a.m. hasta las 09:00 p.m. (este servirá para las demás unidades) b) Entregará diariamente el dinero recabado de la prestación del servicio. c) Realizará el recorrido completo de la ruta, respetando las paradas aprobadas en asamblea. d) Llevará un control propio de la cantidad de pasajeros trasladados por viaje, a los fines de constatar en conjunto al fiscal los ingresos obtenidos. e) Entregará un informe semanal sobre las incidencias generadas en la prestación de servicio, destacando problemas en la ruta, desperfectos en las unidades de transporte y trato de los usuarios y comportamiento en las unidades. ARTICULO DECIMO SEXTO: Actividades de Conductores: 1) Conducir la unidad de transporte, realizando el recorrido por la ruta preestablecida y las respectivas paradas acordadas en el estudio de factibilidad junto a la comunidad. 2) Entregar la unidad de transporte en las condiciones que le fue entregada al inicio de su jornada. 3) Evaluar al inicio de su jornada de trabajo de los niveles de fluidos (aceite, refrigerante) y presión de aire en los neumáticos de la unidad, así como el estado de limpieza de la unidad de transporte. 4) Indicar al fiscal el kilometraje que indica el odómetro (dispositivo que indicia la distancia recorrida por la unidad) de la unidad de transporte al inicio y al final de la jornada de trabajo. 5) Demás que se consideren en el parlamento comunal. UNIDAD DE FORMACIÓN. ARTICULO DECIMO SEPTIMO: Para la Unidad fueron asignadas: Silena Morales, Griselda Atencio y Katerin Medina. ARTICULO DECIMO OCTAVO: Funciones de la Unidad de Formación basadas en el artículo 29 de la Ley Orgánica del Sistema de Economía Comunal: 1) En articulación con el órgano coordinador, desarrollar programas para formación y capacitación ético-política y técnico-productiva para los y las integrantes de la organización socioproductiva y de la comunidad o las comunidades, así como para la acreditación de saberes y conocimientos para suministrar las herramientas necesarias para la construcción del modelo socialista. 2) Implementar mecanismos dirigidos a intercambiar tecnología, conocimientos y saberes para obtener mayor eficacia, eficiencia y efectividad en la producción e intercambio de bienes y la prestación de servicios. 3) Generar procesos de acompañamiento social integral mediante la asesoría técnica y financiera de proyectos socio-productivos. 4) Articular redes socioproductivas como sistemas de integración entre las comunidades y la organización socioproductiva. UNIDAD DE CONTRALORÍA SOCIAL Y FISCALES DE TRÁFICO. ARTICULO DECIMO NOVENO: Para la Unidad fueron asignadas: Ramón Leañez, Yaraldin Zambrano y Liliana Morales. ARTICULO VIGESIMO: Funciones de la Unidad de Contraloría Social según el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal: 1) Vigilar la buena marcha de todos y cada uno de los procesos, funciones y responsabilidades de la organización socioproductiva y recomendar oportunamente a la Coordinación de Administración los ajustes y correctivos que estime necesarios. 2) Ejercer la supervisión, control, seguimiento, vigilancia y fiscalización de la ejecución de los planes y proyectos de la organización socioproductiva, así como de sus fondos internos. 3) Rendir cuenta pública mediante la presentación de un informe al cierre de cada ejercicio fiscal, ante la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas o el Parlamento Comunal, según corresponda, o en cualquier momento que la instancia respectiva lo requiera. 4) Convocar las asambleas extraordinarias de la organización socioproductiva, cuando lo estime pertinente para el mejor cumplimiento de sus funciones. ARTICULO VIGESIMO PRIMERO: Actividades de Fiscales: 1) Velar por la prestación del servicio de transporte colectivo de manera eficaz y eficiente. 2) Contabilizar el numero de vueltas que realiza cada unidad al recorrido preestablecido. 3) Controlar la hora de llegadas y salidas de los chóferes en sus jornadas de trabajo. 4) Controlar la entrega de las unidades de transporte al chofer de relevo en condiciones optimas. 5) Demás que se consideren en el parlamento comunal. GESTION GENERAL DE LA EPSDC. ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO: Para el Fondo de Comunitario de Reinversión Social se destinará el 30% del excedente mensual (E), el cual se calculan como la diferencia entre el total de ingresos mensuales (IT) y el total de gastos mensuales (GT), mediante la siguiente fórmula aritmética E = IT-GT. ARTICULO VIGESIMO TERCERO: Para el Fondo de Mantenimiento Productivo se destinará el 30% del excedente mensual (E). ARTICULO VIGESIMO CUARTO: Para el Fondo de atención a los productores, productoras, prosumidores y prosumidoras el 30% del excedente mensual (E). ARTÍCULO VIGENSIMO QUINTO: Para el incentivo a la productividad y el buen servicio comunitario de los brigadistas se destinará el 10% del excedente mensual (E), el cual se pro-ratea según la participación de cada uno de los brigadistas en el total de horas trabajadas por todos los brigadistas. ARTICULO VIGESIMO SEXTO: Cada brigadista debe presentar plan de trabajo donde especifique el número de horas a trabajar, por día, semana y mes, según formato revisado y firmado por los brigadistas activos de la Unidad Respectiva. ARTICULO VIGESIMO SEPTIMO: Para el pago de la hora de trabajo se tomará como referencia el sueldo mínimo y se pro-ratea por la jornada mensual de horas calculadas sobre la base de 44 horas semanales. En caso que los ingresos totales no alcancen para cumplir con lo dispuesto en este artículo, se repartirá el 60% de ingreso total en partes iguales para los y las brigadistas activos(as). ARTICULO VIGESIMO OCTAVO: Un brigadista se considera pasivo cuando siendo nombrado por el poder popular no acumula horas de trabajo efectivas, un brigadista es activo cuando siendo nombrado por el poder popular acumula horas efectivas de trabajo. Ningún brigadista pasivo puede frenar las actividades de la EPSDC. Luego de tres meses de ser considerado brigadista pasivo se recomendará desincorporación de la PPSDC de parte del poder popular que lo postuló. ARTÍCULO VIGESIMO NOVENO: en busca de la sostenibilidad de la EPSDC el número de brigadista que la conforman debe garantizar la eficiencia de la empresa sobre la base de los medios de producción propiedad de la empresa y las necesidades de la comunidad para fortalecer su autogobierno. ARTICULO TRIGESIMO: Para la cancelación de la remuneración semanal se hará los días Lunes sobre la base de la planificación y la ejecución del trabajo del brigadista, en caso de existir brechas o diferencias se deben mencionar las causas de las mismas como aprendizaje para la futura planificación. ARTÍCULO TRIGESIMO PRIMERO: Cada unidad de transporte debe llevar un cuaderno de jornada donde se registra diariamente: hora de salida de estacionamiento hora de llegada a cada una de las paradas, número de pasajeros atendidos, emergencias atendidas, novedades durante el recorrido, número de vueltas realizadas, bolívares recaudados, entre otros aspectos que se considere importantes. Cada Unidad de la EPSDC debe llevar un cuaderno de Jornada donde especifique el cumplimento de lo especificado en esta acta constitutiva. ARTICULO TRIGESIMO SEGUNDO: Las Unidades en su conjunto pueden levantar llamados de atención a un brigadista cuando luego de (3) tres observaciones y de haber realizado experiencia de aprendizaje integral humano impartido por la unidad de formación, él o la brigadista reincide en el comportamiento. Luego de tres llamados de atención se recomendará a la instancia del poder popular que lo postuló su salida de la EPSDC. ARTICULO TRIGESIMO TERCERO: En todo lo no previsto en este docu¬mento se aplicarán las disposiciones establecidas en las demás Leyes pertinentes y en el manual de normas y procedimientos de la empresa.

Firman Voceros de los Consejos Comunales y Brigadistas

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Zona de Influencia de la Ruta tomando en Consideración el ámbito geográfico de la Comuna

Probables Rutas Pilotos de Arranque

Criterios para Definición de Rutas – Piloto de Arranque

1.  Cercanía con Centros Educativos.

2.  Centros de Salud Próximos.

3.  Zonas con densidad poblacional alta.

4.  Algunas paradas tradicionales

5. Considerar todo el ámbito de la Comuna o Ciudad Comunal, además del exceso de demanda en el transporte hacia y desde Maracaibo.

6. Integrar ruta Maracaibo (Larga) con ruta corta (en la parroquia)

7. Uso de tres unidades de transporte

 

Esquema orientador para la Planificación de Rutas

Fuente <<<

Rutas  Culturales ó Turísticas 

Se puede explotar el potencial cultural del municipio:

Un trabajo exhaustivo y minucioso por parte de los promotores culturales, liderados por quien fuera el coordinador de tal catálogo, Lenín Calderón, dejó como resultado en el 2006, un inventario de 367 manifestaciones y lugares de interés cultural que fueron clasificadas en 25 objetos, 84 insfraestructuras construidas, 120 creaciones individuales, 94 tradiciones orales y 44 manifestaciones colectivas. Pero el catálogo sólo resumió “una parte” de todo

Fuente <<<<

Igualmente se puede pensar en Viajes hacia La Puerta (Estado Trujillo) y a la Ciénaga de los Olivitos (Coordinando con la Fundación Mangle para la preservación del ecosistema).

Una opción como ruta turística se pudiera plantear a Los Puertos de Altagracia hasta Punto fijo con una frecuencia de una vez por semana, con la necesidad de colocar surtidores en la vía:

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Modelo de Gestión de la Empresa de Propiedad Social Directa Comunal (EPSDC)

TRANSPORTE URBANO A GAS EN LAS COMUNAS

“Nosotros defendemos la propiedad, pero no la propiedad burguesa, la propiedad social, la propiedad del pueblo, la propiedad persona, la propiedad honesta, la propiedad de tu trabajo, la propiedad de tu vivienda, la propiedad de ti mismo, la propiedad de tus bienes personales, la propiedad familiar, la propiedad comunal, esa es propiedad que nosotros defendemos, no la grosera propiedad de los burgueses que se quieren adueñar de todo”

Comandante Hugo Rafael Chávez Frías

 

INTRODUCCIÓN

El pueblo venezolano, organizado concientemente desde sus comunidades y/o Comunas Socialistas, en busca de consolidar la cuarta línea estratégica del primer (Plan socialista de la Nación) Proyecto Nacional Simón Bolívar (PNSB) es decir, el Nuevo Modelo Productivo Socialista; que viene transformando esencialmente el proceso productivo tradicional con el fin de lograr un trabajo con significado socialista que sea direccionado a garantizar la satisfacción de las necesidades humanas del colectivo, en este sentido se fomenta la creación de las Empresas de Propiedad Social Directa Comunal (EPSDC)  a lo largo de todo el país, con la finalidad de fortalecer el tejido productivo y diversificar la producción nacional, rompiendo así con el esquema de producción capitalista.

El Transporte Urbano a Gas es una fuente de trabajo (en el área de servicio) que se suma como una alternativa de EPSDC, ya que, cubre una necesidad colectiva dentro de las comunidades y los nuevos urbanismos de nuestro país.

 

Asamblea Informativa de la Propuesta y el Modelo de Gestión

Dicha asamblea se deberá enfocar en la presentación de la propuesta de transporte urbano a gas a la comunidad en general, con la finalidad de hacer del conocimiento de los alcances (o del objeto) del plan así como de los beneficios del transporte y los elementos que se necesitan para el correcto funcionamiento del mismo.

De igual manera, se deberá discutir el modelo de gestión que regirá a dicha E.P.S.D.C., de manera tal, que los ciudadanos y ciudadanas se apropien de este conocimiento a los fines de facilitar el desenvolvimiento armónico, eficaz y eficiente de las actividades que confluyen en los urbanismos.

Asamblea de Postulaciones de Brigadas

En esta fase se hace necesaria la propuesta de las posibles personas que podrían conformar la Brigada Socialista de Trabajo, responsable del manejo de las unidades de transporte, así como del control diario, y de su mantenimiento.

Según la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en su articulo N° 5, define la Brigada Socialista de Trabajo de la siguiente manera:

            “Grupo de productores y productoras comunales organizados, que socializan el trabajo en las fases del ciclo productivo a través de la vinculación y la interrelación para el fomento, desarrollo y afianzamiento del Sistema Económico Comunal, siendo instrumento fundamental para la planificación y conformación de las redes socioproductivas.”

Requisitos que debe Cumplir un Brigadista:

 

1. Ser habitante de la comunidad con al menos un (1) año de residencia en la misma, salvo en los casos de comunidades recién constituidas.

2.  Mayor de 25 años  con todos los requisitos exigidos por la Ley; en este caso la Ley de transporte terrestre ( Art. 63, 64, 65, 66, 67 y 68)

3. Estar inscrito en el registro electoral de la instancia de la agregación comunal.

4.  Que sea de reconocida solvencia moral y honorabilidad.

5. No ocupar cargos dentro de la Administración Pública o Empresa Privada.

6. Tener capacidad para el trabajo colectivo, con disposición y tiempo para el trabajo comunitario.

Para la postulación de los posibles brigadistas, es necesario hacer hincapié en los siguientes requisitos:

7. No tener 4° consaguinidad ni 2° de afinidad con los demás integrantes de la Unidad de Administración y de la Unidad de Contraloría Social que conforman la organización socioproductiva, salvo las comunidades de áreas rurales y las comunidades indígenas.

8.   No ocupar cargos de elección popular.

9.   No estar sujeto a interdicción civil o inhabilitación política.

10. No ser requerido o requerida por instancias judiciales.

 Prueba de Manejo y Asamblea de Aprobación

A través de la Fundación Misión Che Guevara se dispondrá de instructores de manejo para realizar “PRUEBAS DE MANEJO” a los brigadistas postulados en la asamblea, que posteriormente formarán parte de las unidades que constituirán la EPSDC

En tal sentido, se debe realizar una asamblea de ciudadanos y ciudadanas o comuneros y comuneras, con la finalidad de aprobar las unidades de trabajo que conformarán las EPSDC, tal como se establece en el artículo 26 de la Ley del Sistema Económico Comunal:

“Cuando la organización socioproductiva sea de Propiedad Social Directa Comunal, todos los y las integrantes de las unidades de organización serán designados o designadas por la instancia del Poder Popular a la que corresponda la organización socioproductiva, en consulta con sus integrantes.”

Normativa Interna y Cronograma de Trabajo

A los fines de fortalecer el orden, la disciplina, las buenas costumbres y la ética revolucionaria, se diseñará una Normativa Interna junto a los Brigadistas, ¿a partir de algunas ya establecidas? voceros y voceras de Consejo Comunal o Comuna, la cual contemplará una serie de parámetros que regirán el funcionamiento interno de la EPSDC, (planificación, sistema de funcionamiento) y servirá de guía para corregir las desviaciones que en este sentido se presenten.

Así mismo, se discutirá el Cronograma de trabajo para definir las actividades rutinarias de las unidades y sus miembros. Es por ello que se debe establecer una normativa que no solo vincule a la brigada de trabajo, sino también a los voceros del consejo comunal, así como a la comunidad en general.

Parámetros de la Normativa:

* En relación a los conductores:

1. Deben prestar el servicio en los horarios aprobados por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

2. Entregarán los vehículos en las condiciones en que se les asignó para su servicio.

3. Mantendrán excelente higiene personal para prestar servicio.

4. NO deberán conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, psicotrópicos o cualquier otra droga.

5. Alertarán al resto de la Brigada de trabajo, consejo comunal y comunidad en general de cualquier falla o desperfecto detectado en los vehículos, por escrito.

6. Bajo ninguna condición, utilizarán los vehículos en beneficio propio o de su familia, prelando la igualdad de beneficio para toda la comunidad.

Parámetros de la Normativa:

* En relación a los conductores:

7. Respetarán la rutas y posibles paradas que se hayan aprobado en el seno de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

8. Mantendrán un cordial trato hacia los usuarios, con el debido respeto que estos merecen.

9. Entregarán al fiscal, diariamente, los ingresos obtenido, por el pago del servicio de transporte.

10. Cualquier otra norma que sea aprobada en el seno de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas

Parámetros de la Normativa:

* En relación a los fiscales:

1. Deben llevar el control del funcionamiento de la ruta de transporte..

2. Verificarán la condiciones en que los conductores entregan los vehículos

3. Mantendrán excelente higiene personal para prestar servicio.

4. Deben garantizar que los conductores respeten los horarios de trabajo y alertar a la unidad de contraloría cuando esta norma no se cumpla..

5. Deben entregar, diariamente, a la unidad de administración los ingresos obtenidos por el servicio de transporte, por escrito.

6. Llevar una tabla de control de la ruta de transporte, que comprenda la cantidad de vueltas, tiempo del recorrido, ingresos por vehículo, entre otras.

7. Garantizarán el buen trato de los conductores hacia los usuarios y viceversa, debiendo notificar a la unidad de contraloría social cuando esto no se cumpla.

10. Cualquier otra norma que sea aprobada en el seno de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas

Formación y Capacitación

A través, de la unidad de formación de la brigada se deberá canalizar todos los asuntos relacionados con la formación y capacitación de tipo técnica- productiva y ético- político; en función de generar las condiciones necesarias para tener un funcionamiento idóneo en beneficio de la comunidad, tomando en cuenta los siguientes aspectos:

1) Modelo de Gestión de la EPSDC Transporte Urbano a Gas.

2) Capacidad técnica de la persona para el manejo y mantenimiento de la unidad de transporte.

3) Conocimiento general del funcionamiento y capacidad de la unidad.

4) Capacidad para generar e intercambiar conocimientos y saberes para obtener mayor eficiencia y eficacia en la prestación del servicio de transporte.

5)  Conocimiento general de las rutas o movimientos de cada una de las unidades, para una contraloría interna con mayor transparencia.

6) Articular con el INCES para que los conductores reciban el adiestramiento necesario para iniciar la actividad.

7) Recibir los talleres y cursos, tanto de parte de IVECO como de TOYOTA, para que los conductores y fiscales obtengan los conocimientos necesarios sobre el funcionamiento de los vehículos, para el mejor funcionamiento de los mismos, en articulación con la Fundación Misión Che Guevara.

Prueba Piloto

Se debe realizar una Prueba Piloto en conjunto con la Brigada Socialista de Trabajo a los fines de evaluar y establecer definitivamente:

1)Las diferentes rutas y paradas que deberá abordar el transporte.

2)El tipo y la cantidad necesaria de unidades para la ruta de transporte.
3)La cantidad de conductores que se necesitan para garantizar el funcionamiento del servicio de transporte.
4)Determinar el precio justo para que el transporte sea sustentable y sostenible, en beneficio de la comunidad.

Estudios de Costos

Para definir el precio del pasaje de la ruta de transporte comunal a gas, se deberá realizar un estudio de costos con el que se determine el precio justo y real para que el servicio sea sustentable y sostenible en el tiempo, de forma tal que se logre un impacto positivo en las comunidades, generando empleo constante y tribute al desarrollo del buen vivir de sus habitantes. Es por ello que se deben tomar varios aspectos en cuenta, para determinar el costo, entre los cuales tenemos:

1. El promedio de personas que, formalmente utilizarán el servicio de transporte, diariamente.

2. Distancia que recorrerá el vehículo por vuelta, con la finalidad de determinar el tiempo que se dispondrá para garantizar el servicio.

3. El Costo de cada servicio

4. El incentivo que devengarán los brigadistas mensualmente.

5. El costo generado por el combustible; teniendo en cuenta que algunos vehículos funcionan con gas natural, el cual es gratis.

6. El costo anual de la póliza de seguros, debido a que se debe destinar una parte de los ingresos (excedentes) para obtener los recursos al momento de renovar la póliza de los transportes.

En cuanto al precio o costo del pasaje, se debe tomar en cuenta: Pasajes estudiantiles y la exoneración de este a los adultos mayores.

Presentación de la siguiente documentación:

1.  Acta Constitutiva debidamente aprobada por el Consejo Comunal o Comuna.

2. Copia  del  Registro de  Información  Fiscal (R.I.F), de cada uno de los integrantes de la EPSDC.

3.  Copia de las cédulas de identidad de sus integrantes.

4.  Proyecto socioproductivo comunitario.

5.  Constancia de residencia de sus integrantes, emitida por el Consejo Comunal de su ámbito geográfico.

Organigrama

Gestión Interna de la EPSDC

De acuerdo con lo expresado en la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en su sección III Art. 25:

La organización socioproductiva estará conformada por cuatro (4) unidades; Cada Unidad de la EPSDC estará conformada por tres voceras o voceros.

 

En tal sentido, podemos inferir que para el caso de la EPSDC Transporte colectivo a gas se establecerá de la siguiente manera:

1.Unidad de Administración: compuesta por dos (2)voceros de la instancia del poder popular que corresponda y un (1) trabajador .
2.Unidad de Gestión Productiva: compuesta por la cantidad de trabajadores que se determine junto a la comunidad en el estudio de factibilidad.
3.Unidad de Formación: conformada por tres (3) trabajadores de la EPSDC
4.Unidad de Contraloría Social: conformada por dos (2) trabajadores fiscales y un (1) miembro de contraloría social de la instancia del poder popular que corresponda.
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NOTA: se debe hacer hincapié que, los integrantes de la EPSDC serán designados o designadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, o Parlamento Comunal al  cual se someten y podrán ser revocados por el mismo.

Funciones de las Unidades que conforman la EPSDC

Para definir las funciones de las unidades que conforman la EPSDC nos basaremos en la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal en sus artículos 27 hasta el 30.

Unidad de Administración:

Su ámbito de acción radica en la gestión de las operaciones para el óptimo funcionamiento de la organización, así como la administración de los recursos generados por la actividad, emitiendo los informes correspondientes a la gestión y el destino de los recursos, llevando el registro de los ingresos en los respectivos libros contables (diario y mayor), haciendo los balances de la gestión.

Por lo cual deben ejecutar las siguientes tareas:

1. Recabar, diariamente, el ingreso obtenido por los conductores en la prestación del servicio.

2. Registrar los ingresos y egresos, en los libros contables correspondientes (diario y mayor)

3. Realizará semanalmente, preferiblemente los días viernes, el deposito correspondiente al dinero recabado, con la cuota correspondiente a cada fondo.

4. Elaborar un informe semanal donde señale el estado de las unidades de transporte, que incluya kilometraje, estado físico interno y externo.

5. Presentará un balance mensual ( rendición de cuentas) de los fondos manejados relacionadas con la E.P.S.D.C., destacando los ingresos obtenidos, gastos y saldos actuales.

Unidad de Gestión Productiva

Será garante de la planificación productiva de la ruta de transporte, de acuerdo al plan de gestión, así como del manejo general de la organización, orientando los beneficios en función de la satisfacción de las necesidades colectivas. Todo ello teniendo en cuenta que el precio final del servicio debe corresponder a la realidad del costo del servicio.

 

Por lo cual deben ejecutar las siguientes tareas:

 

1. Cumplir el horario laboral, definido y aprobado en asamblea de ciudadanos y ciudadanas comuneros y comuneras; para el cual se recomienda sea el siguiente:

 

Lunes a viernes de 05:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.

Sábados y Domingos de 06:00 a.m. hasta las 09:00 p.m.

Y Feriados?

Sin embargo, el mismo puede someterse a modificaciones en beneficio de la comunidad y con la aprobación de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.

2. Entregará diariamente el dinero recabado de la prestación del servicio.

2. Realizará el recorrido completo de la ruta, respetando las paradas aprobadas en asamblea.

3. Llevará un control propio de la cantidad de pasajeros trasladados por viaje, a los fines de constatar en conjunto al fiscal los ingresos obtenidos.

4. Entregará un informe semanal sobre las incidencias generadas en la prestación de servicio, destacando problemas en la ruta, desperfectos en las unidades de transporte y trato de los usuarios y comportamiento en las unidades.

 

Unidad de Formación.

 

Funciones a ejecutar:

1. En articulación con el órgano coordinador, contribuirá a desarrollar programas para formación y capacitación ético-política y técnico-productiva para los y las integrantes de la organización socioproductiva y de la comunidad o las comunidades, así como para la acreditación de saberes y conocimientos, para suministrar las herramientas necesarias para la construcción del modelo productivo socialista.

2.   Implementar mecanismos dirigidos a intercambiar tecnología, conocimientos y saberes para obtener mayor eficacia, eficiencia y efectividad en la producción e intercambio de bienes y en la prestación de servicios.

3. Generar procesos de acompañamiento social integral mediante la asesoría técnica y financiera de proyectos socio-productivos.

4. Articular redes socioproductivas como sistemas de integración entre las comunidades y la organización socioproductiva, aledañas a la zona donde radique esta EPSDC.

 

Unidad de Contraloría Social

Funciones a ejecutar:

1. Vigilar la buena marcha de todos y cada uno de los procesos, funciones y responsabilidades de la organización socioproductiva y recomendar oportunamente a la Coordinación O UNIDAD de Administración los ajustes y correctivos que estime necesarios.

2. Ejercer la supervisión, control, seguimiento, vigilancia y fiscalización de la ejecución de los planes y proyectos de la organización socioproductiva, así como de sus fondos internos.

3. garantizar la rendición de cuentas pública de la brigada de trabajo mediante la presentación de un informe al cierre de cada ejercicio fiscal, ante la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas o el Parlamento Comunal, según corresponda, o en cualquier momento que la instancia respectiva lo requiera.

4. Convocar las asambleas extraordinarias de la organización socioproductiva, cuando lo estime pertinente para el mejor cumplimiento de sus funciones.

 

Cuando las observaciones y recomendaciones de la Unidad de Contraloría Social no sean tomadas en cuenta por las demás unidades de organización, las mismas serán elevadas a la instancia de agregación comunal a la que corresponda y al órgano coordinador.

Funciones de los integrantes de la Unidad de Gestión Productiva:

a)Chofer:
1.Conducir la unidad de transporte, realizando el recorrido por la ruta preestablecida y las respectivas paradas acordadas en el estudio de factibilidad junto a la comunidad.
2.Entregar la unidad de transporte en las condiciones que le fue entregada al inicio de su jornada.
3.Evaluar al inicio de su jornada de trabajo de los niveles de fluidos (aceite, refrigerante) y presión de aire en los neumáticos de la unidad, así como el estado de limpieza de la unidad de transporte.
4.Indicar al fiscal el kilometraje que indica el odómetro (dispositivo que indicia la distancia recorrida por la unidad) de la unidad de transporte al inicio y al final de la jornada de trabajo.
5.Demás que se consideren en el parlamento comunal.

Funciones de los integrantes de la Unidad de Gestión Productiva:

b)Fiscal:
1.Velar por la prestación del servicio de transporte colectivo de manera eficaz y eficiente.
2.Contabilizar el numero de vueltas que realiza cada unidad al recorrido preestablecido.
3.Controlar la hora de llegadas y salidas de los chóferes en sus jornadas de trabajo.
4.Controlar la entrega de las unidades de transporte al chofer de relevo en condiciones optimas.
5.Demás que se consideren en el parlamento comunal.

Sistema de pago del pasaje:

1.Dinero en efectivo:

En un primer momento se podrá efectuar el pago del pasaje en dinero efectivo, debido a que no poseen convenio alguno con FONTUR, para poder hacer el cobro del ticket estudiantil y no son una línea de transporte debidamente registrada.

Además se recomienda el uso de un contador de pasajeros en los minibuses IVECO, para efectuar un mejor control de los pasajeros.

 

2.Tarjeta inteligente:

A mediano plazo se estipula la implementación del sistema de tarjeta inteligente, a través de un convenio con FONTUR, a los fines de facilitar el trabajo de los conductores y minimizar el riesgo generado con el manejo de dinero en efectivo.

 

¿No se pudiera diseñar un vale o un ticket interno provisional que realice la propia EPSDC y no limitarse a los ticket estudiantiles de FONTUR u otros?

Fondos internos de la EPSDC

La EPSDC de Transporte Urbano a Gas, estará en la obligación de crear (3) tres fondos a los fines de garantizar el desarrollo armónico y eficientes de sus actividades y funciones según lo establecido en el Art. 62 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, los cuales son:

“Artículo 63. Fondo de Mantenimiento Productivo esta destinado a garantizar el ciclo productivo y brindar una respuesta eficaz a las contingencias surgidas en el ejercicio de la actividad productiva. Será administrado por la Unidad de Administración

Artículo 64. Fondo de Atención a los productores, productoras, prosumidores y prosumidoras, esta destinado a cubrir las necesidades imprevistas de los y las integrantes de la organización socioproductiva, tales como situaciones de contingencia, emergencia o problemas de salud, que no puedan ser cubiertas por los afectados debido a su situación socioeconómica. Este Fondo será administrado por la Unidad de Administración.

Artículo 65. Fondo Comunitario para la Reinversión Social, esta destinado al desarrollo social comunitario, comunal y nacional, constituido por recursos financieros excedentes del proceso socioproductivo, que serán transferidos por las organizaciones socioproductivas a la instancia del Poder Popular que corresponda, así como al Ejecutivo Nacional. La administración y distribución de la inversión de los recursos de éste fondo, corresponderá a la respectiva instancia del Poder Popular; mientras que lo relativo al aporte para la reinversión social nacional será establecida mediante decreto del Presidente de la República.”

Planilla de control sugerida

Charla para mantenimiento óptimo del vehículo Mode Driver de IVECO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Descargar presentación IVECO (formato pps) <<<<

 

Vídeo de la última entrega de vehículos (Agosto 2011)

 

Datos Históricos – Información de Interés 

- Consejo Comunal Mata Seca y el Transporte a Gas / Reseña SAFONAC

- Rutas Comunales –  algunos avances nacionales y regionales

 

- Conforman 33 empresas comunales de transporte en norte y centro del país

- Rutas comunales fortalecen el autogobierno

- 1.372 vehículos asignados a empresas de propiedad comunal de transporte (Agosto 2011)

- Voceros y voceras reciben formación en materia de Transporte a Gas / FONDEMI

- Propiedad social directa es impulsada en Revolución para sustentar economía socialista

 

Marco Teórico para fortalecer el servicio de transporte

- Tamaño vehicular óptimo para el servicio de transporte público de superficie

- Favorecer la accesibilidad espacial al transporte público

- Distancia óptima entre paradas

- DISEÑO Y OPTIMIZACION DE RUTAS Y FRECUENCIAS EN EL TRANSPORTE COLECTIVO URBANO,MODELOS Y ALGORITMOS

- Diseño de redes viales urbanas usando algoritmos genéticos

- DISEÑO ROBUSTO DE RUTAS Y FRECUENCIAS EN EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO

- POLÍTICAS Y CALIDAD DE SERVICIO DEL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO EN EL MUNICIPIO MARACAIBO

- Determinación de variables de ajuste para la racionalización de un diseño de operación de flota en transporte público colectivo de pasajeros

- Estudio universitario

2 respuestas a Modelo Gestión – EPSDC Transporte a Gas Comuna Espada de Bolívar

  1. Teresa López dijo:

    camaradas de verdad los felicito, yo pertenezco al consejo comunal manuelita sáenz de la comunidad de Guaremal Los Teques Estado Miranda, actualmente estamos creando una EPS de transporte de Guaremal, ya que esta comunidad cuenta con 30000 habitantes aproximadamente y solo tenemos 5 unidades de la linea y por lo general siempre tenemos que cancelar 10 bs f. a los taxi para llegar a nuestros diferentes destinos y eso es todos los días. Pero gracias a Dios y a nuestro Gobierno Bolivariano (Hugo Chavez) vamos a poder contar con nuestra empresa Porque la idea es ayudar al pueblo.
    EPSDC Transporte Espada de Bolivar felicitaciones nuevamente
    .

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